Moratoria para la obligatoriedad de presentar concurso

Moratoria para la obligatoriedad de presentar concurso

La crisis sanitaria y la consiguiente crisis originada en los sectores económicos de nuestra sociedad está haciendo que empresas que nunca pudieron imaginar que llegarían a sentir lo que es el concurso de acreedores, desafortunadamente empiezan a notar de cerca la presión de asfixia económica.

Una de las medidas adoptadas por el gobierno para atenuar el impacto económico originado por la crisis sanitaria del COVID 19, ha sido la moratoria concursal que se aprobó en el Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril. 

FORMULARIO

Esta norma dejó en suspenso la obligatoriedad de las empresas en situación de concurso de acreedoresde solicitar su declaración ante el Juzgado de lo Mercantil. De este modo se estableció una moratoria concursal para las empresas en estado de insolvencia, que terminaba el día 31 de diciembre de 2020. Esa moratoria se prorrogó hasta el día 14 de marzo 2021 pero el día 13 de marzo, se publicó en el B.O.E el Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo,  que aprobó una nueva prórroga hasta 31 de diciembre de 2021.

Las sucesivas prórrogas del vencimiento de la moratoria obedecen a que desgraciadamente la pandemia está durando mucho más de lo previsto, lo que está obligando a dictar medidas de restricción de aforos, cierres de comercios, cierres perimetrales, entre otras muchas que afectan muy negativamente a los balances de las pymes y a las cuentas de los autónomos. Este cierre de la economía por razones sanitarias abocaría a muchas compañías a declarar concurso de acreedores.

Moratoria para la obligatoriedad de presentar concurso

Si no fuera por la moratoria en vigor, un gran número de empresas se encontrarían en alguna de las fases de un concurso de acreedores o en la obligación legal de haberlo solicitado. 

Conjuntamente con esta moratoria se han aprobado tres paquetes de medidas para ayudas a los autónomos y empresas para tratar de atenuar con ellas el impacto de la crisis:

  • Ayudas directas por 7.000 millones de euros.

  • Línea de 3.000 millones de euros para reestructurar deuda contraída desde el primer estado de alarma

  • Y un fondo de recapitalización de sociedades mercantiles.

Se trata de ganar tiempo mientras duren las restricciones y la evolución de la pandemia, impidiendo que la publicación en el BOE de concurso de acreedores se dispare, dando líneas de crédito extraordinarias, paquetes de ayudas y determinados beneficios para procurar la supervivencia y evitando así que nadie se vea sumergido en ninguna de las fases de un concurso de acreedores, si no es por su propia voluntad.

 El proceso concursal, así como las situaciones de insolvencia, presentan una gran complejidad, tanto para el deudor como para los acreedores, ya que lo que está en juego es el ser o no ser, cobrar o no cobrar, aguantar o desaparecer. MBI Asesores cuenta con gran experiencia como abogados concursales, en todos los tipos de concursos de acreedores. Si el negocio está en dificultades, antes de dar cualquier paso y de tomar cualquier decisión, póngase en las manos de los mejores expertos y evite que una mala actuación que de al traste con muchos años de esforzado trabajo.